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Nueva redacción de nuestros estatutos

La Comunidad de Madrid ha confirmado el registro de la modificación de los Estatutos de la AMPA que fue aprobada por la Asamblea General Extraordinaria del 14 de febrero de 2020.

Muchísimas gracias a todas las familias que con sus aportaciones ayudaron a culminar la nueva redacción de nuestras reglas de funcionamiento. Queremos en particular agradecer a Marta Labrador su valiosísima participación en la actualización del lenguaje utilizado en el articulado haciéndolo inclusivo.
Y por supuesto, muchísimas gracias a la Junta Directiva vigente en el momento del cambio de estatutos:  Ana, Maite, Alfredo, Clara, Eva, Ainhoa, Patricia, Olga y especialmente a Natacha que como secretaria tuvo que sufrir en primera persona más que nadie la pesadísima burocracia y fue facilitando con paciencia y rigor todo lo que se requería. Muchísimas gracias chic@s por la valentía de afrontar este importante cambio y seguir el  tema hasta el final incluso después de haber dejado la junta. ¡Bravo!


Os recordamos que la razón del cambio de estatutos fue adaptarnos a la ley de asociaciones actualmente vigente (Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo) y poder llevar a cabo válidas consultas electrónicas a l@s asociad@s introduciendo esta posibilidad como una de las facultades de la Junta Directiva en todas las materias que no sean exclusivas de la Asamblea, asimismo, se aprovechó la ocasión del cambio para modernizar el lenguaje del articulado que es ahora, por voluntad de la Asamblea, un lenguaje más respetuoso e inclusivo.


Os reproducimos aquí, por su interés, el extracto del Acta de la Asamblea que validó los cambios:

En Madrid, el 14 de febrero de 2020 a las 16:00, en primera convocatoria, con una asistencia de 92 personas, dio comienzo la Asamblea General extraordinaria de la ASOCIACIÓN DE MADRES Y PADRES DE ALUMNOS DE LAS ESCUELAS AGUIRRE, celebrada en el comedor del colegio, con motivo de la reforma de los estatutos.

La modificación de estatutos fue aprobada con 76 votos a favor (82,6%) de los votos de los asistentes, mediante la cual se decide modificar el Art.- 15 más la inclusión del lenguaje inclusivo en toda la redacción de los estatutos.

Para más claridad, transcribimos íntegramente aquí el Artículo 15 en su redacción actual después del cambio y resaltamos en cursiva el punto nuevo:

Artículo 15.  Facultades de la Junta Directiva.

Son facultades de la Junta Directiva:

a)    Dirigir las actividades sociales y llevar la gestión económica y administrativa de la Asociación, acordando realizar los oportunos contratos y actos, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 9, apartado h).

b)    Ejecutar los acuerdos de la Asamblea General.

c)    Elaborar y someter a la aprobación de la Asamblea General los presupuestos anuales y las Cuentas.

d)    Elaborar, en su caso, el Reglamento de Régimen Interior.

e)    Resolver sobre la admisión de nuevas personas asociadas.

f)     Nombrar delegadas/os para alguna determinada actividad de la Asociación.

g)    Velar por el cumplimiento de los Estatutos.

h)   Coordinar y dirigir la labor de las Comisiones de Trabajo.

i)     Convocar consultas telemáticas entre las personas  asociadas relacionadas con la gestión de la Asociación en aquellos temas que no sean facultades de la Asamblea General Extraordinaria y Ordinaria, relacionados en los artículos 10 y 11 del Estatuto.

j)      Cualquiera otra facultad que no sea de la exclusiva competencia de la Asamblea General.

Podéis consultar y descargar aquí nuestros actuales Estatutos.